Asociación de Centros Públicos de Formación Profesional

Proceso de Adjudicación de plazas en Ciclos Formativos de FP

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Dada la posible diferencia entre el número de solicitudes para cursar un título en un Centro y el número de plazas disponibles para ello, se establece un procedimiento de adjudicación de plazas basado en el expediente académico, y que sigue los pasos que se mencionan en el apartado siguiente titulado "Proceso".

A los efectos de esta explicación, se entenderá como “petición” el conjunto de “Ciclo concreto de Formación Profesional”, “Centro Educativo”, "Modelo lingüístico" y “Turno” (matutino, vespertino o nocturno).

Las solicitudes se agrupan y ordenan según las cuotas y preferencias de admisión da cada nivel educativo, se pueden consultar cada una en su apartado inferior correspondiente.

Cada solicitante puede obtener únicamente una plaza.

La matrícula definitiva queda condicionada a que se alcance el número mínimo de personas para configurar un grupo.

El proceso de adjudicación de plazas en FP será el mismo para todos los niveles, FP Básica, Grado Medio y Grado Superior y para el curso académico 2017-2018 viene regulado en la ORDEN de 5 de mayo de 2017 y en la CORRECCIÓN DE ERRORES de dicha orden.

 

Proceso " versión actualizada"

1.- Siempre que cumpla con los requisitos en cada caso exigidos, podrá solicitar todas las plazas escolares y centros docentes que desee, dentro de las fechas establecidas para ello. Calendario 2017.

2.- En el caso de que solicite más de una plaza en el mismo centro o en distintos centros, cada petición se relacionará en la solicitud por el orden de preferencia de adjudicación elegido por la persona.

3.- Todas las plazas las solicitará en un único formulario de solicitud que las dirigirá al centro docente elegido en primer lugar.

4.- Al hacer la solicitud deberá indicar:
    a) La vía de acceso utilizada de entre las señaladas en la Orden. Se entiende por vía de acceso, el requisito o condición cuyo cumplimiento se hace valer para el acceso. 
    b) En el caso de que cumpla los requisitos para acceder por más de una vía de acceso, solo podrá ejercer una de ellas. No obstante, si al realizar la solicitud a ciclos de grado medio o grado superior, indica que accede a través de una prueba de acceso, en caso de obtener un requisito académico antes de la fecha de la publicación de la relación provisional de solicitantes de cualquier período de solicitudes, deberá comunicar la adquisición de dicho requisito en el centro educativo donde presentó su solicitud para proceder al cambio de la vía de acceso.
    c) Si opta a las reservas por discapacidad o por deportista de alto nivel o alto rendimiento, se atendrá a lo establecido en la Orden.
    d) En el caso de tener necesidades educativas especiales, a efectos de los apoyos especiales que pudiera necesitar, deberá poner esta circunstancia en conocimiento del centro.

5.- Al hacer la solicitud, el solicitante debe acreditar un expediente académico adecuado a los estudios que desea cursar (requisitos acceso formación profesional)

6.- Si el expediente académico que acredita ya consta en el Sistema Informático del Departamento de Educación, no será preciso aportarlo

7.- Si en el momento de hacer la solicitud no dispone de expediente académico, dispone de fechas adicionales para entregarla en el Centro donde hizo la solicitud. (calendario 2017)

8.- La aplicación informática del Departamento de Educación asignará plazas en cada aula a los solicitantes que tengan la mejor baremación, respetando las cuotas y prioridades de adjudicación establecidas por la Normativa, se pueden consultar cada una en su apartado inferior correspondiente.

9.- Si el número de solicitudes admitidas es mayor al de plazas libres, se agruparán diferenciando las que optan a las reservas de discapacidad o de deportista de alto nivel o de alto rendimiento, de las que no ejercen tal opción, y dentro de ellas se agruparan, por curso y ciclo. Los grupos de solicitantes se realizarán atendiendo a los colectivos con preferencia y dentro de ellas por el orden de prelación.

10.- Siempre que resulte acreditado el cumplimiento de los requisitos de acceso, la no presentación de alguno de los documentos que dan derecho a prelación no anula la validez de la solicitud pero dará lugar a la pérdida de la prelación que le hubiera podido corresponder.

11.- Una vez adjudicadas las plazas y resueltas las posibles reclamaciones, cada solicitante dispone de un período para matricularse en la plaza que le ha correspondido, calendario 2017. Si no lo hace dentro de dicho plazo pierde todo derecho a su plaza y a cualquiera de las otras opciones que solicitó

12.- La matrícula definitiva queda condicionada a que se alcance el número mínimo de personas para configurar un grupo

13.- A la persona que haya obtenido plaza se le reservará la misma hasta el  último día establecido en la Orden para la formalización de la matrícula. Transcurrida esa fecha pierde el derecho a la plaza y el Centro podrá matricular a otra persona en su lugar.

GLOSARIO DE TÉRMINOS

Orden de preferencia: otorga prelación absoluta sobre el colectivo posterior.  La asignación de preferencia significa que las plazas se adjudicarán a dicha preferencia con anterioridad a las siguientes con el límite del porcentaje o cuota de plazas que, en su caso, se señale.

Orden de prelación: relaciona la mejor posición para obtener la plaza dentro de cada colectivo preferente, cuando lo haya o, en su defecto, dentro de todas las personas solicitantes.

Vía de acceso: el requisito o condición cuyo cumplimiento se hace valer para el acceso.

 

Cuotas y Preferencias de Admisión a FP Básica

Del total de plazas ofertadas en cada Ciclo Formativo se reservará un 5% para personas con discapacidad igual o superior al 33% en la fecha de la solicitud y otro 5% para los y las deportistas que en la fecha de la solicitud tengan la condición de deportista de alto nivel o de alto rendimiento a que se refieren el Real Decreto 971/2007 y el Decreto 203/2010

Para el resto de plazas, los colectivos y preferencias son los siguientes:

  1. Alumnado escolarizado en la CAPV en el momento de la inscripción o que su último curso de escolarización en ESO se haya realizado en esta comunidad.
  2. Alumnado que haya cursado hasta 3.º o 4.º de ESO en modo ordinario o mediante diversificación curricular y cuente con 17 años en el año natural de inscripción.
  3. Alumnado que haya cursado hasta 3.º o 4.º de ESO y cuente con 16 años en el año natural de inscripción.
  4. Alumnado que haya cursado hasta 3.º de ESO y cuente con 15 años en el año natural de inscripción.
  5. Alumnado que haya cursado hasta 2.º de ESO y cuente con 16 años en el año natural de inscripción.
  6. Alumnado que haya cursado hasta 2.º de ESO y cuente con 15 años en el año natural de inscripción.
  7. Resto de solicitantes que no estén contemplados en los colectivos anteriores.

Dentro de cada preferencia (letra), se respetará el colectivo preferente que, en su caso, se establece, y dentro de cada preferencia el orden de relación vendrá por la mejor nota media del expediente académico.

 

Cuotas y Preferencias de Admisión a FP Grado Medio

Del total de plazas ofertadas en cada Ciclo Formativo se reservará un 5% para personas con discapacidad igual o superior al 33% en la fecha de la solicitud y otro 5% para los y las deportistas que en la fecha de la solicitud tengan la condición de deportista de alto nivel o de alto rendimiento a que se refieren el Real Decreto 971/2007 y el Decreto 203/2010

El resto de plazas disponibles para estudiar un Ciclo Formativo de Grado Medio se desglosan de la siguiente manera:

  1. 65% para quienes tengan el título de ESO.
  2. 20% de plazas para quienes estén en posesión del título de FP Básica.
  3. 15% plazas para quienes:
    1. Accedan por prueba de acceso a Grado Medio o a Superior.
    2. Accedan por lo establecido en el RD 1147/2011, ver más abajo.
    3. Accedan por tener superados los módulos profesionales obligatorios  de PCPI.
    4. Accedan por prueba de acceso a la Universidad para mayores de 25 años.
    5. Otras vías de acceso (Tener superado el curso específico de formación para acceso  a Ciclos Formativos de Grado Medio).


Ordenación y Baremación

Para las plazas del grupo a, tendrán preferencia las personas que presenten el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y hayan superado cuarto de Educación Secundaria Obligatoria, en alguno de los dos cursos académicos anteriores al curso que se opta en el presente proceso de admisión.
Para delimitar quiénes  obtienen plaza y quiénes no, tras establecerse la prioridad, se ordenarán los solicitantes según la nota de su expediente académico

Para las plazas del grupo b, se dará prioridad a quienes tienen afinidad I entre el título de FP Básica que acreditan y el título que desean cursar. Entre quienes no tengan afinidad I,  se les asigna preferencia a quienes acreditan afinidad II entre los títulos acreditado y el que desean cursar. Listado de afinidades (PDF, 127 KB).
Dentro de cada grupo de prioridad, se ordenan los solicitantes según la nota que figura en su Expediente académico

Para aspirar a las plazas del grupo c, tienen prioridad quienes estén en el apartado  c.I, después los del apartado c.II, a continuación los del c.III  y así sucesivamente. Dentro de los del c.I. están antes los de prueba de acceso de Grado Medio frente a los de prueba de acceso a Grado Superior.
Dentro de cada grupo de prioridad, los solicitantes son ordenados según la nota que figura en su expediente académico.


Titulaciones o requisitos establecidos en el RD 1147/2011 y que forman parte del punto cII 

  • Estar en posesión del título de Técnico o de Técnico Auxiliar.
  • Estar en posesión del título de Bachiller superior.
  • Haber superado el segundo curso del primer ciclo experimental de reforma de las enseñanzas medias.
  • Haber superado el curso de formación específica de acceso a ciclos de grado medio autorizado por una Admisitración Educativa
  • Haber superado, de las enseñanzas de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos, el tercer curso del plan de 1963 o el segundo de comunes experimental.
  • Acreditar tener un máximo de dos materias pendientes en el conjunto de los dos primeros cursos del Bachillerato Unificado y Polivalente.
  • Tener alguna de las titulaciones equivalentes para el acceso a los Ciclos Formativos de Grado Superior, consultar en el siguiente apartado "Cuotas y Preferencias de Admisión a FP Grado Superior".
  • Haber superado otros estudios o cursos de formación de los declarados equivalentes a efectos académicos con alguno de los anteriores.


Otras vías de acceso

  • Curso específico de formación para acceso a Ciclos Formativos de Grado Medio.

 

Cuotas y Preferencias de Admisión a FP Grado Superior

Del total de plazas ofertadas en cada Ciclo Formativo se reservará un 5% para personas con discapacidad igual o superior al 33% en la fecha de la solicitud y otro 5% para los y las deportistas que en la fecha de la solicitud tengan la condición de deportista de alto nivel o de alto rendimiento a que se refieren el Real Decreto 971/2007 y el Decreto 203/2010

El resto de plazas disponibles para estudiar un Ciclo Formativo de Grado Superior se desglosan de la siguiente manera:

  1. 60% para quienes tengan el título de Bachiller.
  2. 20% de plazas para quienes tengan el título de Técnico.
  3. 20% plazas para quienes:
    1. Accedan por prueba de acceso por la opción correspondiente.
    2. Accedan por lo establecido en el RD 1147/2011, ver más abajo
    3. Accedan por prueba de acceso a la Universidad para mayores de 25 años.
    4. Accedan desde otro título de Técnico Superior de Formación Profesional.
    5. Accedan desde un título universitario .
    6. Otras vías de acceso (título de BUP,...).

 
Ordenación y Baremación

   Para las plazas del grupo a, se prioriza a quienes tienen la modalidad de Bachiller prescrita en el título que se desea cursar, y, en su caso, a quienes han superado la asignatura que se menciona en el título.
   Para delimitar quiénes  obtienen plaza y quiénes no, tras establecerse la prioridad, se ordenarán los solicitantes según la nota de su expediente académico

   Para las plazas del grupo b, se dará prioridad a quienes tienen afinidad I entre el título de Grado Medio que acreditan y el título que desean cursar. A los solicitantes restantes  se les asigna preferencia a quienes acreditan afinidad II entre los títulos acreditado y el que desean cursar. Listado de afinidades (PDF, 176 KB).
   Dentro de cada grupo de prioridad, se ordenan los solicitantes según la nota que figura en su expediente académico

   Para aspirar a las plazas del grupo c, tienen prioridad quienes estén en el apartado  c.I, después los del apartado c.II, y así sucesivamente, y por último los del c.VI
   Dentro de cada grupo de prioridad, los solicitantes son ordenados según la nota que figura en su expediente académico.


Titulaciones o requisitos establecidos en el RD 1147/2011 a efectos del punto cII

  • Haber superado el segundo curso de cualquier modalidad de Bachillerato Experimental.
  • Haber superado el curso de orientación universitaria o preuniversitario.

 

ADJUDICACIÓN DEFINITIVA 2017-2018.

La publicación de  las  listas  DEFINITIVAS  de  solicitudes no admitidas y alumnado admitido se realizará el 13 de julio de 2017 y según viene recogido en la ORDEN de 5 de mayo de 2017, en la instrucción duodécima punto 3 del anexo I:

"La publicación de las listas se  realizará  en  el  tablón  de  anuncios  del  centro  docente, accesible únicamente a las personas participantes en el procedimiento."